El Tribunal Constitucional anula el impuesto catalán a los depósitos bancarios.
El
Tribunal Constitucional ha anulado la ley catalana que regula el impuesto sobre
los depósitos de las entidades de crédito al considerar que la norma creó un
tributo con características idénticas a una norma estatal, lo que contraviene
la Constitución. En dos sentencias, el Pleno del Alto Tribunal ha estimado así
los recursos que interpuso el Gobierno contra el Decreto-Ley de Cataluña
aprobado en 2012 y la Ley del Parlamento catalán de 2014, relativos ambos al
impuesto sobre los depósitos en entidades de crédito.
La
ley por la cual se creaba el impuesto catalán a los depósitos fue aprobada por
el Parlamento regional en abril de 2014, y contemplaba que si una entidad
financiera captaba depósitos por valor de hasta 150 millones de euros en esta
comunidad se le aplicaría un gravamen del 0,3%; entre 150 y 600 millones el
tipo sería del 0,4%, y a partir de 600 millones, del 0,5%.
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