Con la reciente entrada en vigor del Reglamento que regula el
procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia,
es preceptiva la realización de una prueba de conocimiento del idioma
para la obtención de los diplomas de español como lengua extranjera (DELE),
como mínimo en su nivel A2. Estos
diplomas son expedidos por el Ministro de Educación, Cultura y Deporte y, en su
nombre, por el Director del Instituto Cervantes. De este modo se pretende
garantizar que las pruebas estén basadas
en criterios objetivos, de manera que se pueda superar cualquier posible
diferencia de interpretación.
Se ha considerado que
dicha prueba de examen no sea necesaria cuando se trate de interesados con nacionalidad
de un país o territorio de habla hispana o cuando los interesados hayan
obtenido con anterioridad un DELE como mínimo del nivel A2.
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