Una reciente consulta de la Dirección General de Tributos
contempla la posibilidad de aplicar retroactivamente la reforma fiscal del
Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, para no residentes fiscales, a un hecho
imponible acaecido en el año 2013.
La meritada reforma supuso una mejora en la tributación
de los no residentes, ya que estos contribuyentes sufrían un trato
discriminatorio en comparación con los residentes fiscales en territorio
español.
En consecuencia, este pronunciamiento supone un paso
hacia adelante en la no discriminación de personas en función de su residencia
fiscal, toda vez que conlleva la rectificación de la autoliquidación de dicho
impuesto.
No hay comentarios:
Publicar un comentario