Según
una reciente resolución del TEAC, se abre la posibilidad de que las empresas
extranjeras puedan disfrutar de la devolución del IVA, con el correspondiente
trámite de audiencia, a diferencia de lo que venía entendiendo durante los
últimos años este Tribunal, de modo que dichas entidades podrán alegar lo que
sea acorde a derecho en aras de obtener dicha devolución.
Así
pues, se acaba con el trato desigual que estaban recibiendo las entidades
extranjeras en España, discriminación que iba en contra de los principios
previstos en los Tratados europeos toda vez que este dispar tratamiento
implicaba que se mermara la posibilidad de crear un mercado común en el seno de
la Unión Europea y no se permitiera la libre circulación de personas y de
bienes, y a su vez, aumentaba las restricciones a los movimientos de capitales
entre Estados miembros y entre Estados miembros y terceros países.
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